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Afiliados del Seguro Familiar de Salud podrán incluir hermanos, tíos y sobrinos

SANTO DOMINGO. La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) emitió la Resolución No.00206-2016 que establece los requi...


SANTO DOMINGO. La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) emitió la Resolución No.00206-2016 que establece los requisitos y condiciones que deben cumplir los documentos para la afiliación de los dependientes directos y adicionales del afiliado titular al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, incluidos familiares que tengan un parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad, como hermanos, tíos, sobrinos, abuelos e hijos mayores.

 Al ponderar la trascendencia de la normativa, el Superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Pedro Luís Castellanos, dijo que constituye un paso importante en la ruta hacia la universalización de la afiliación, ya que abre la posibilidad de que los afiliados cotizantes al sistema incluyan como dependientes adicionales en el Seguro Familiar de Salud (SFS) a los citados parientes.